GESTION DE RESIDUOS N. P. INFORMATICA

La tecnología actual permite la recuperación de muchos residuos que genera la sociedad (papel, cartón, vidrio, chatarra, plásticos, restos orgánicos, etc.) que hasta hace poco tiempo eran considerados como simples deshechos.

Uno de los productos susceptibles de ser reciclados son los conjuntos cartucho tambor tóner para impresoras láser y chorro de tinta. Una vez agotada la carga del tóner o tinta, los cartuchos vacíos iban directamente a la basura, a pesar de contener residuos contaminantes (metales pesados, etc.) y de estar compuestos por una carcasa de material plástico difícilmente degradable. Poco a poco, la mayor conciencia ecológica de los usuarios ha dado paso a la recuperación y reciclaje de los cartuchos agotados.

La recogida de cartuchos de tóner y tinta sólo puede tramitarse con las empresas autorizadas por la Consellería de Medio Ambiente.

NATURA PLENA INFORMATICA dispone del certificado acreditativo como empresa autorizada para proceder a la recogida de este residuo, con el nº de gestor de residuos: 130/V/RNP/CV

Con la intención de facilitar la recogida de los cartuchos vacíos, en todas las empresas y organismos que nos lo soliciten, se entregarán cajas depósito para facilitar la labor ecológica de recogida selectiva.

Cuando los cartuchos se reciben en nuestro almacén, primeramente se inspeccionan para verificar que externamente su estado es el correcto para un nuevo ciclo de fabricación.

En el caso de que un cartucho no pase la primera inspección, se depositará junto a los restos de materiales residuales de otros procesos de la cadena de producción y se transportarán al siguiente gestor autorizado convenientemente para su reducción, garantizando así su ciclo completo de reciclaje y respetuoso con nuestro entorno.

El reciclado de cartuchos presenta ciertas ventajas tales como:

Hoy en día, podemos afirmar que somos una empresa altamente especializada y respetuosa con la Calidad y el Medio Ambiente.

NOTIFICACION

1º-De acuerdo con la Ley 10/1998, de Residuos; en su artículo 13, y Ley 10/2000 de Residuos de la Comunidad Valenciana en su artículo 50, quedan sometidas a régimen de autorización administrativa por el órgano competente en materia medioambiental de la Comunidad Autónoma las actividades de valorización y eliminación de residuos.

2º-De acuerdo con el Decreto 7/2002, del President de la Generalitat Valenciana, por el que se ha asignado competencias a la Presidencia y a las Consellerías considerando que el Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Medio Ambiente, aprobado mediante decreto 90/1999, de 30 de julio, del Consell de la Generalitat Valenciana, atribuye a la dirección General de Educación y Calidad Ambiental las competencias en materia de residuos.

Por todo ello, y a propuesta del Jefe de Servicio de Gestión de Residuos,

RESUELVO

Otorgar autorización administrativa a la empresa NATURA PLENA S.L.L., CIF B97185789, y con domicilio social en C/ San Juan de la Peña nº9, 46019 Valencia, en relación con las actividades de gestión de residuos no peligrosos, para las operaciones de recogida, transporte, almacenamiento y valorización tipo R3 y R4-según el anexo I.B de la Orden MAM/304/2002.

La autorización se otorga previo informe favorable y con el número de referencia 130/V/RNP/CV, que deberá figurar en la documentación que lo precise.